¿Sabías que...?

En Argentina el Grooming es un delito penal, descripto en la
Ley 26.904 sancionada el 13 de noviembre de 2013

¿Qué dice la ley?

ARTICULO 1º — Incorpórase como artículo 131 del Código Penal el siguiente:

‘Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.’

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¿Cómo denunciar un delito informático?

Recuerda que podés denunciar este delito, consultándo nuestra infografía.

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La lucha por la Ley de Grooming

En noviembre de 2011 el Senado de la Nación dio media sanción al proyecto original de la Ley de Grooming. En febrero de 2013 y ante la ausencia de noticias en la Cámara de Diputados, Argentina Cibersegura inició una campaña de juntada de firmas solicitando por la sanción de la ley.

Luego de la amplia difusión que tuvo la campaña, y ante la negativa a aprobar la ley en su redacción original, diputados de diversos sectores políticos convocaron a Argentina Cibersegura y otras organizaciones a debatir sobre una posible mejora en la ley. Con la colaboración de abogados de Argentina Cibersegura y en trabajo conjunto con los diputados, fuimos participes de la propuesta de mejoras que finalmente fue aprobada por los diputados unos meses más tarde. El texto propuesto, que corregía diversos aspectos de la ley original, decía así:

“Será penada con prisión de tres meses a dos años la persona mayor de edad, que por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, le requiera de cualquier modo a una persona menor de trece años, que realice actividades sexuales explícitas o actos con connotación sexual o le solicite imágenes de sí misma con contenido sexual.

En la misma pena incurrirá la persona mayor de edad que realizare las acciones previstas en el párrafo anterior con una persona mayor de trece y menor de dieciséis años, cuando mediare engaño, abuso de autoridad o intimidación.”

El 13 de noviembre la camara de senadores finalmente aprobó el proyecto original.

Siempre entendimos que debía haber una Ley de Grooming pero nos apena mucho que todo el trabajo en conjunto con Diputados de distintos partidos políticos y otras organizaciones civiles no haya traído sus frutos en la aprobación dada por la Cámara Alta en el día de hoy. Seguiremos trabajando y apoyando los debates con el ánimo de seguir construyendo un entorno más seguro en Internet”

Sebastián Bortnik,Presidente de Argentina Cibersegura